El convenio colectivo de la construcción: guía del VII CGSC (2022-2026)
El salario, la jornada, las dietas o las vacaciones de quien trabaja en una obra no se rigen por una ley genérica, sino por el convenio colectivo de la construcción. Te explicamos de forma clara qué es el VII CGSC, cómo se reparte entre convenio general y convenio provincial, y qué regula exactamente, con enlaces a cada tema en detalle.
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El convenio colectivo de la construcción: guía del VII CGSC
Casi todo lo que regula el día a día laboral en una obra —el salario, la jornada, las dietas, las horas extra, las vacaciones o la formación en prevención— no está en una ley genérica, sino en el convenio colectivo de la construcción. Es el texto de referencia del sector, el que marca las reglas del juego para empresas y trabajadores. Te explicamos qué es, cómo se estructura y qué regula, con enlaces a cada tema en detalle.
Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento de un graduado social o de un abogado laboralista. Consulta siempre tu convenio provincial y la versión vigente en el BOE.
Qué es el convenio colectivo de la construcción
El convenio colectivo de la construcción es el acuerdo negociado entre la patronal del sector (CNC) y los sindicatos (CCOO de Construcción y Servicios y UGT-FICA) que fija las condiciones laborales de más de un millón de trabajadores. El texto de referencia a nivel estatal es el VII Convenio General del Sector de la Construcción (VII CGSC), publicado en el BOE el 23 de septiembre de 2023, con vigencia desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2026 (prorrogable).
Su función es doble: homogeneizar las condiciones de trabajo en todo el sector y darles estabilidad. A diferencia de un simple contrato, el convenio tiene eficacia general: se aplica a todas las empresas y trabajadores incluidos en su ámbito, lo pacten o no individualmente.
La estructura a dos niveles: general y provincial
Este es el punto que más confusión genera y conviene tener claro desde el principio. El convenio de la construcción funciona a dos niveles:
El Convenio General (estatal) fija el marco común: clasificación profesional, tipos de contrato, jornada anual máxima, estructura salarial, seguridad y salud, formación.
Los convenios provinciales concretan las cifras que se aplican en cada territorio: tablas salariales, importes de dietas y pluses, y el calendario laboral.
La regla de oro: el convenio provincial concreta y puede mejorar lo que dice el general, pero nunca empeorarlo. Por eso, cuando busques un importe concreto (un salario, una dieta, un plus de transporte), la respuesta está casi siempre en el convenio provincial de la provincia donde se ejecuta la obra, no en el general. Los importes actualizados de cada categoría se recogen en las tablas salariales provinciales de cada año.
Qué regula el convenio
El VII CGSC cubre prácticamente toda la relación laboral en el sector. Estos son los grandes bloques, cada uno desarrollado en detalle en su propio artículo:
Clasificación profesional
El convenio organiza los puestos en 8 grupos profesionales repartidos en 3 áreas funcionales (técnica; producción y obra; administración y servicios). De ese encuadre depende el salario y las funciones de cada trabajador.
Salario
El artículo 53 fija la remuneración mínima bruta anual por nivel profesional, y el artículo 55 establece las subidas salariales del periodo y una cláusula de garantía frente a la inflación. Las cifras concretas están en las tablas salariales de cada provincia.
Jornada
La duración máxima de la jornada ordinaria es de 1.736 horas anuales de trabajo efectivo (artículo 71), dentro del tope legal de 40 horas semanales. Cada convenio provincial la distribuye en su calendario laboral, con jornada continuada en verano en la mayoría de provincias.
Horas extraordinarias
El convenio regula cómo se retribuyen o compensan las horas extraordinarias por encima de la jornada pactada, dentro de los límites del Estatuto de los Trabajadores.
Dietas y desplazamientos
El convenio y las tablas provinciales fijan la media dieta, la dieta completa y los pluses ligados a los desplazamientos, así como los gastos de locomoción y el kilometraje.
Vacaciones
Se reconocen 30 días naturales al año, con independencia de la modalidad de contrato, retribuidas según los conceptos del convenio.
Permisos retribuidos
El convenio detalla los permisos retribuidos por matrimonio, nacimiento, fallecimiento de familiares, mudanza, deberes públicos, etc.
Contratación
El VII CGSC consolida el contrato indefinido adscrito a obra (que sustituyó al antiguo «contrato fijo de obra») y regula una indemnización por cese del 7 % sobre los conceptos salariales del periodo trabajado.
Seguridad, salud y formación
El Título IV y el Anexo XII regulan la prevención de riesgos laborales y la formación obligatoria en PRL del sector, que es la que se acredita mediante la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC).
Medidas frente al calor extremo
El convenio incorpora la obligación de adaptar la jornada ante alertas meteorológicas (naranja o roja), un punto cada vez más relevante en verano.
Plan de pensiones del sector
Se establece un plan de pensiones simplificado con aportación progresiva de la empresa.
Cómo saber qué convenio provincial se aplica
El convenio provincial aplicable es, con carácter general, el de la provincia donde se ubica la obra o el centro de trabajo. Para conocer el salario, la dieta o el plus exactos de una categoría, hay que acudir a las tablas del convenio provincial del año en curso, que se publican en el Boletín Oficial de la Provincia. La empresa está obligada a exponer el calendario laboral pactado en un lugar visible del centro de trabajo.
Qué pasa cuando vence el convenio
Cualquiera de las partes firmantes puede solicitar la revisión del convenio con al menos tres meses de antelación a su vencimiento (artículo 8). Una vez finalizada su vigencia el 31 de diciembre de 2026, el convenio mantiene su cobertura en régimen de ultraactividad conforme al artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores hasta que se firme el siguiente. Conviene, por tanto, estar atento a la negociación del próximo convenio general y, sobre todo, a la publicación anual de las tablas provinciales, que se actualizan cada año aunque el convenio marco siga vigente.
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FAQ
¿Qué convenio de la construcción está vigente en 2026? El VII Convenio General del Sector de la Construcción (VII CGSC), con vigencia del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026, prorrogable. Se complementa con el convenio provincial de cada territorio.
¿Dónde están los salarios y las dietas exactas?
En las tablas del convenio provincial del año en curso, no en el convenio general. El general fija el marco; el provincial, las cifras.
¿Cuál es la jornada anual en la construcción?
1.736 horas de trabajo efectivo al año (artículo 71 del VII CGSC), distribuidas por el calendario laboral de cada convenio provincial.
¿Cuántos días de vacaciones reconoce el convenio?
30 días naturales al año, con independencia de la modalidad de contrato.
¿Qué convenio provincial se aplica a mi obra?
El de la provincia donde se ejecuta la obra o se ubica el centro de trabajo.
¿Qué ocurre cuando el convenio caduque a finales de 2026?
Se mantiene en ultraactividad (artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores) hasta que se firme el nuevo convenio general.
Fuentes
- VII Convenio General del Sector de la Construcción (Resolución de 6 de septiembre de 2023)
- Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre)
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